BECAS AL MERITO CULTURAL

Otorgada a

Estudiantes regunlares que integren:

  • El coro politécnico
  • El grupo de cámara; y, 
  • Similares que cuenten con la autorización del Vicerrector de Docencia, previa solicitud de la Unidad Académica correspondiente
Valor asignado
Se asigna un rubro mensual por periodo académico correspondiente a alimentación y subsistencia equivalente a 0.5 IPC
Requisitos
  • Ser estudiante regular de una de las carreras de grado o tecnología superior que ofrece la institución;
  • No tener registrada ninguna sanción disciplinaria por parte del Consejo Politécnico;
  • No contabilizar más de una repetición de asignaturas durante los dos últimos semestres de carrera, a partir de la concesión de la beca al mérito cultural; y,
  • No tener deudas u otras obligaciones con la Institución.
Procedimiento
  1. Verificación:
    • El Departamento de Ciencias Sociales verifica las actividades desarrolladas y genera un informe sobre el cumplimiento de las actividades del coro y el grupo de cámara. Dicho informe es enviado al Vicerrectorado de Docencia
    • Los miembros del coro o grupo de cámara que no consten en el informe, o no cuenten con la información bancaria o de los garantes se entenderá que desisten de postular a la beca
  2. Postulación:
    • El Vicerrectorado de Docencia evalúa el informe de la DBP y lo aprueba; y procede a informar a la DBP para que esta vez registre la postulación a la beca en el SII.
    • Importante : Una vez cerrado el periodo de postulación, no se abrirá ningún periodo adicional para esta actividad bajo ninguna circunstancia.
  3. Concesión: 
    • La DBP remite, mediante correo electrónico, a los beneficiarios de las becas, del período académico en curso, los contratos y la letra de cambio.
    • Una vez que el estudiante recibe la información debe enviar al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., los siguientes documentos:
      • Un contrato suscrito por el estudiante y su garante;
      • Una copia de la cédula de ciudadanía o pasaporte del estudiante;
      • Una copia de la cédula de ciudadanía o pasaporte de su garante; y,
      • Una letra de cambio debidamente cumplimentada y suscrita por el estudiante y su garante.
      • Importante:   Si el estudiante no remite los documentos anteriormente citados en los plazos establecidos, se entiende que desiste de la beca, como parte del correo que la DBP remita a los estudiantes se indican los plazos correspondientes. En caso de que el postulante no cumpla con los requisitos, o no se le haya concedido la beca, la DBP procede a notificar del particular mediante correo electrónico. 

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